Un render 3D preparado sin IA no requiere etiquetarse como contenido de IA según el art. 50 del AI Act. Esto también se aplica a las visualizaciones creadas en Pogotowie 3D mediante modelado y renderizado de escenas, sin inteligencia artificial.
En ese proceso preparamos el modelo, aplicamos materiales y configuramos luz y cámara. El programa calcula la imagen final a partir de esa escena. Una visualización fotorrealista de producto puede parecer una fotografía, pero ese aspecto por sí solo no obliga a etiquetarla como IA.
Base: art. 3, punto 1, y art. 50 del Reglamento (UE) 2024/1689.
¿Y si la IA ayuda con el render?
La reducción de ruido y la generación de un entorno nuevo son usos diferentes. Al mejorar la calidad hay que comprobar si la herramienta conserva el contenido o añade detalles. El art. 50, apartado 2, contempla una excepción para la edición estándar auxiliar o la ausencia de cambios sustanciales en los datos de entrada o su significado. Se refiere a la obligación del proveedor de la herramienta.
Si la IA añade personas a la presentación o modifica el aspecto de un lugar existente, evaluamos por separado la obligación de revelar una ultrasuplantación o deepfake. No surge automáticamente por cualquier uso de IA. También importan el contexto de publicación y la posibilidad de que el público considere erróneamente auténtico el contenido.
Base: art. 50, apartados 2 y 4. Consulte las directrices de la Comisión sobre transparencia y las preguntas frecuentes oficiales.
¿Qué significa deepfake en una presentación de producto?
En el AI Act, un deepfake es una imagen, grabación o vídeo creado o modificado mediante IA que se parece a una persona, objeto, lugar o acontecimiento real y puede considerarse auténtico por error. Por ejemplo: la IA crea una imagen de un sillón concreto en un hotel existente y se publica como fotografía de un equipamiento realmente instalado, aunque el sillón nunca estuvo allí.
Ese material puede cumplir la definición de deepfake. Deben evaluarse la imagen, la descripción y el contexto. Un render creado sin IA no se convierte en un deepfake según el AI Act por el mero hecho de parecer realista.
Base: art. 3, punto 60, y art. 50, apartado 4.
¿Qué marcas de agua y etiquetas se utilizan?
La información sobre IA puede ser visible en la imagen o estar guardada en el archivo para su lectura mediante una herramienta adecuada. Se utilizan varias soluciones:
- Texto o etiqueta visible, por ejemplo «Generado mediante IA» o «AI generated». Puede aparecer en la imagen o inmediatamente junto a ella. Un ejemplo es la etiqueta a la derecha del encabezado de este artículo. El logotipo del estudio o la firma del autor no informan por sí solos del uso de IA.
- Marca de agua digital invisible, por ejemplo SynthID. Se integra en la imagen y se detecta con una herramienta compatible. El público no la ve como un texto en una esquina.
- Datos sobre la procedencia del archivo, por ejemplo Content Credentials basadas en el estándar C2PA. Son datos firmados digitalmente sobre la creación y edición del material que pueden indicar el uso de IA. No equivalen a una marca de agua visible.
La Comisión Europea también ofrece iconos para etiquetar contenidos de IA. El art. 50 no impone un único texto ni símbolo gráfico para todas las imágenes.
Las etiquetas legibles por máquina se refieren a la obligación del proveedor del sistema de IA. Cuando hay que revelar un deepfake, quien utiliza IA también debe proporcionar información comprensible para el público, como máximo al mostrarlo por primera vez. Una marca oculta o los metadatos por sí solos no sustituyen ese aviso.
Base: art. 50, apartados 2, 4 y 5; Preguntas frecuentes de la Comisión Europea.
¿Cómo informamos a los clientes de Pogotowie 3D?
Al entregar al cliente las visualizaciones finales, informamos de si hemos utilizado IA y en qué medida. Si ese uso implica obligaciones legales de etiquetado, explicamos al cliente cuáles se aplican a su forma de utilizar y publicar los gráficos recibidos.
¿Desde cuándo se aplican las normas?
El AI Act, el Reglamento de 13 de junio de 2024, entró en vigor el 1 de agosto de 2024. Las obligaciones de transparencia del art. 50 se aplican desde el 2 de agosto de 2026.
Base: art. 113. Los proveedores de sistemas comercializados antes del 2 de agosto de 2026 tienen hasta el 2 de diciembre de 2026 para aplicar el marcado legible por máquina del art. 50, apartado 2, según el art. 111. Esta excepción no aplaza la revelación de deepfakes. Explicación de la Comisión Europea.
Bases jurídicas y fuentes
- AI Act en polaco, texto vigente: art. 3, 50, 111 y 113.
- Comisión Europea: preguntas y respuestas sobre el art. 50.
- Directrices de la Comisión sobre las obligaciones de transparencia.
El Reglamento es la base jurídica. Los materiales de la Comisión ayudan a interpretarlo. El texto es informativo; la evaluación de un material concreto depende de cómo se haya preparado y publicado.
Situación jurídica: 10 de octubre de 2026. Imagen de encabezado generada por IA.
